La República. Bogotá, febrero 16 de 2017.
http://www.larepublica.co/%C2%BFen-qu%C3%A9-quedaron-los-beneficios-de-la-ley-1429_472151

 

Se mantienen las tarifas preferenciales del impuesto de renta para las empresas acogidas a la Ley 1429 de 2010 (“Empresas”), siempre que hayan sido constituidas con anterioridad al 2017. No obstante, contradictoriamente estas Empresas estarán sometidas a la tarifa general de retención en la fuente, hasta tanto no sea expedido un decreto que evite esto. Así mismo, ahora estas empresas quedarán sometidas a la renta presuntiva del 3.5%, al igual que la generalidad de contribuyentes del país.

 

La República. Bogotá, enero 21 de 2017.
http://www.larepublica.co/reforma-tributaria-rentas-laborales_461886

Luego de varias modificaciones al proyecto de ley, finalmente la Reforma (Ley 1819 de diciembre de 2016) gravará las rentas laborales de la manera que se resume a continuación:

La República. Bogotá, octubre 27 de 2016.
http://www.larepublica.co/nuevos-impuestos-propuestos-sobre-dividendos_435126

La reforma tributaria presentada la semana pasada por el Gobierno (“Propuesta”), sugiere gravar los dividendos de la manera que sintetizamos a continuación:

La República. Bogotá, diciembre 17 de 2016.
http://www.larepublica.co/propuesta-modificada-de-impuestos-dividendos_452741

A continuación, sintetizamos la manera como finalmente quedó el impuesto sobre dividendos para individuos, luego de las modificaciones introducidas por el Gobierno el pasado 5 de diciembre y finalmente plasmadas en la Ley 1819 del 29 de diciembre de 2016 (Reforma Tributaria): 

La República. Bogotá, septiembre 1 de 2016.
http://www.larepublica.co/propagaci%C3%B3n-de-tr%C3%A1mites-tributarios-en-bogot%C3%A1_416601

A partir de enero de 2017, se prevé un incremento alarmante de los trámites tributarios en Bogotá. Con la reciente expedición por parte de la Secretaría de Hacienda Distrital (“SHD”) de una resolución (052377), hasta ahora casi inadvertida, se incrementará vertiginosamente el número de obligados a retener ICA en Bogotá y por consiguiente también la cantidad de declarantes bimestrales de esta retención (trámite adicional a la declaración bimestral de ICA); pero peor aún, quienes retengan y aquellos del régimen común sujetos a retención, quedarán obligados a presentar anualmente una cantidad engorrosa de información a la SHD en “medios magnéticos”.

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