Asuntos Legales - La República. Bogotá, julio 30 de 2024
https://www.asuntoslegales.com.co/analisis/sebastian-rodriguez-bravo-510921/restricciones-al-uso-de-efectivo-y-de-otros-medios-de-pago-3918179

El reconocimiento de costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables (“Prerrogativas Fiscales” o “PF”), se supedita a que el giro correspondiente se efectúe a través de: (i) depósitos, transferencias o giros bancarios, (ii) cheques girados al primer beneficiario, o (iii) tarjetas (v.g. de crédito y débito). Este incentivo a la bancarización obedece a razones de control fiscal y de lavado de activos, e incrementa el recaudo del regresivo GMF (conocido como 4xmil). A continuación, sucintamente se analizan los medios de pago restringidos:

Asuntos Legales - La República. Bogotá, junio 25 de 2024
https://www.asuntoslegales.com.co/analisis/sebastian-rodriguez-bravo-510921/cuentas-exentas-de-4x1-000-3893473

A continuación, enumeramos las cuentas más representativas que están exentas del Gravamen a los Movimientos Financieros (“GMF”). El GMF se conoce como el 4xmil, porque equivale a un impuesto de $4 por cada $1000 (0.4%) sobre cada transacción financiera, mediante la cual se disponga de recursos (v.g. giros, transferencias, retiros, pagos utilizando productos financieros).

Asuntos Legales - La República. Bogotá, mayo 2 de 2024
https://www.asuntoslegales.com.co/analisis/sebastian-rodriguez-bravo-510921/grandes-cambios-al-regimen-simple-de-tributacion-3852833

Para las actividades de salud humana, de educación, de asistencia social y profesionales en general, que se desarrollen bajo el régimen SIMPLE de tributación (“SIMPLE”), la carga impositiva cambió sustancialmente. La Corte Constitucional mediante la Sentencia C-540 de diciembre de 2023 (“Sentencia”) modificó la carga impositiva para las actividades mencionadas, con efectos inclusive desde el año gravable (“AG”) 2023, lo que benefició ligeramente a algunos (“ganadores”) y afectó gravemente a otros (“afectados”).

Asuntos Legales - La República. Bogotá, mayo 10 de 2024
https://www.asuntoslegales.com.co/analisis/sebastian-rodriguez-bravo-510921/base-gravable-del-impuesto-al-patrimonio-3858090

La base gravable (“BG”) aludida es el patrimonio líquido (activos menos pasivos), al 1° de enero de cada año. El monto sobre el cual se aplica la tarifa del impuesto al patrimonio (“IAP”) o BG, se obtiene sumando los costos fiscales de todos los bienes y restando las deudas, salvo en los siguientes casos:

Asuntos Legales - La República. Bogotá, abril 5 de 2024
 https://www.asuntoslegales.com.co/analisis/sebastian-rodriguez-bravo-510921/impuesto-a-los-dividendos-abonados-al-exterior-3834059

Los no residentes y sociedades extranjeras están sujetos a una tarifa efectiva del 48% por impuesto de renta, cuando se les abonan dividendos de sociedades colombianas. Esto debido a la reforma tributaria de 2022 que duplicó el impuesto sobre dichos dividendos y a la alta tarifa impositiva para sociedades; esta escandalosa y expropiatoria tarifa combinada (sobre utilidades para la sociedad y sobre los dividendos para el socio) es una de las más altas del mundo.

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